La salida, anunciada por el canciller Félix Plasencia, solo entrará en vigor un año después de que Naciones Unidas reciba formalmente la notificación y no extinguirá las obligaciones relacionadas con procedimientos ya iniciados.
CARACAS / LA HAYA, 24 de julio. Venezuela anunció este viernes el inicio de su retiro definitivo de la Corte Penal Internacional (CPI), mientras el tribunal mantiene abierta una investigación sobre presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en el país durante los gobiernos del expresidente Nicolás Maduro.
El ministro venezolano de Relaciones Exteriores, Félix Plasencia, informó que Caracas notificó al secretario general de las Naciones Unidas, António Guterres, su decisión de denunciar el Estatuto de Roma, tratado constitutivo de la CPI.
Según el canciller, la comunicación fue remitida por instrucciones de la presidenta encargada, Delcy Rodríguez, y expresa la decisión “firme e irrevocable” de Venezuela de abandonar el tribunal internacional.
La notificación fue confirmada por fuentes internacionales, aunque la Corte Penal Internacional señaló inicialmente que todavía no había recibido oficialmente la comunicación y lamentó la intención venezolana de apartarse del esfuerzo internacional contra la impunidad por los crímenes más graves.
El retiro fue fundamentado en el artículo 127 del Estatuto de Roma, que permite a cualquier Estado parte denunciar el tratado mediante una notificación escrita dirigida al secretario general de Naciones Unidas.
La salida no será inmediata
Conforme al Estatuto de Roma, la retirada de Venezuela no tendrá efectos inmediatos. Entrará en vigor un año después de que el secretario general de la ONU reciba formalmente la notificación, salvo que el Gobierno venezolano indique una fecha posterior.
Durante ese período, Venezuela continuará siendo formalmente un Estado parte y seguirá sometida a las obligaciones previstas en el tratado.
Además, el segundo apartado del artículo 127 establece que la retirada no libera al Estado de las obligaciones contraídas mientras era parte del Estatuto ni afecta la cooperación relacionada con investigaciones y procedimientos iniciados antes de que la salida se haga efectiva.
Por esa razón, la decisión anunciada por Caracas no pone fin a la investigación sobre Venezuela ni elimina la competencia de la CPI respecto de hechos presuntamente cometidos mientras el país permanecía vinculado al Estatuto de Roma.
Un precedente relevante es el de Filipinas. Aunque ese país abandonó formalmente la CPI en 2019, el tribunal sostuvo que conservaba competencia para investigar delitos presuntamente cometidos antes de que la retirada entrara en vigor.
Caracas denuncia un supuesto sesgo geográfico
Plasencia afirmó que la decisión responde a lo que el Gobierno venezolano considera un “sesgo geográfico demostrado” en la actuación de la Corte.
De acuerdo con el canciller, la CPI habría concentrado de manera desproporcionada sus investigaciones en países africanos y latinoamericanos, reproduciendo un patrón de aplicación desigual de la justicia internacional.
El funcionario sostuvo que esa actuación habría sido instrumentalizada para profundizar las desigualdades entre los pueblos y perjudicar especialmente a los países del denominado Sur Global.
Estas afirmaciones corresponden a la posición oficial del Gobierno venezolano y no constituyen una conclusión jurídica independiente sobre la actuación del tribunal. La CPI ha defendido reiteradamente que sus investigaciones se rigen por el Estatuto de Roma, las decisiones de sus jueces y los criterios de jurisdicción, gravedad y complementariedad establecidos en el tratado.
Una investigación abierta desde 2021
La Fiscalía de la CPI anunció el 5 de noviembre de 2021 la apertura formal de una investigación sobre la situación venezolana, convirtiendo a Venezuela en el primer país de América Latina sometido a una investigación de esa naturaleza por el tribunal.
El procedimiento, conocido como “Venezuela I”, examina la posible comisión de crímenes de lesa humanidad por autoridades civiles, integrantes de las fuerzas de seguridad y personas vinculadas al Gobierno.
Aunque las protestas antigubernamentales de 2017 ocupan un lugar central dentro del expediente, el alcance temporal del procedimiento no se limita a ese año. Los documentos judiciales de la Corte señalan que la investigación comprende presuntos crímenes cometidos desde, al menos, el 12 de febrero de 2014.
Entre los hechos examinados se encuentran presuntos actos de encarcelamiento, persecución, tortura, violencia sexual y otros tratos inhumanos contra opositores reales o percibidos como tales.
La Fiscalía concluyó en 2020 que existía una base razonable para considerar que se habían cometido crímenes de lesa humanidad en Venezuela desde, al menos, abril de 2017. Posteriormente, la investigación incorporó un marco temporal más amplio relacionado con hechos denunciados desde 2014.
La represión de las protestas de 2017
Las protestas desarrolladas entre abril y julio de 2017 estuvieron acompañadas de una intensa respuesta de las fuerzas de seguridad venezolanas, detenciones arbitrarias, denuncias de tortura y actuaciones de grupos civiles armados favorables al Gobierno.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos documentó al menos 124 muertes relacionadas con aquellas movilizaciones. Por tanto, no resulta suficientemente respaldada la cifra de aproximadamente 200 fallecidos difundida en algunas primeras versiones de la noticia.
La ONU también identificó patrones de uso excesivo de la fuerza, detenciones arbitrarias, malos tratos y tortura contra manifestantes y detenidos.
Human Rights Watch, por su parte, documentó casos de brutalidad, persecución política y graves vulneraciones del debido proceso durante la represión de las protestas.
La investigación no estaba circunscrita personalmente a Maduro
La CPI investiga situaciones y posibles responsabilidades individuales, no gobiernos como entidades abstractas. Hasta el momento, la información pública del tribunal no permite afirmar que Nicolás Maduro haya sido formalmente acusado o procesado ante la Corte.
La investigación busca determinar si existen personas concretas penalmente responsables de crímenes comprendidos en el Estatuto de Roma.
Por ello, la formulación jurídicamente más precisa es que el tribunal investiga presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos durante los gobiernos de Maduro, sin atribuir anticipadamente responsabilidad penal individual a una persona que no haya sido formalmente acusada por la Corte.
El contexto venezolano también ha sido examinado por la misión internacional independiente de determinación de los hechos de Naciones Unidas, que ha documentado graves violaciones de derechos humanos y posibles crímenes de lesa humanidad atribuibles a estructuras estatales.
La decisión de Caracas se produce en un contexto de creciente cuestionamiento internacional al legado político e institucional del chavismo. Eco del Siglo ha analizado ese deterioro en el editorial “El fracaso que la izquierda latinoamericana debe atreverse a pensar”, donde se examinan la concentración del poder, la pérdida de independencia institucional y la prolongada crisis venezolana.
El deterioro de las relaciones con la Corte
Las relaciones entre el Gobierno venezolano y la CPI se deterioraron progresivamente a medida que avanzó la investigación.
Caracas alegó que sus tribunales nacionales estaban examinando los hechos y solicitó que la investigación internacional fuera suspendida en aplicación del principio de complementariedad, según el cual la Corte solo debe intervenir cuando un Estado no puede o no quiere desarrollar procedimientos genuinos.
Sin embargo, los jueces de la CPI autorizaron en 2023 a la Fiscalía a reanudar la investigación al considerar que las actuaciones nacionales presentadas por Venezuela no abarcaban suficientemente los hechos y patrones examinados por el tribunal.
La Sala de Apelaciones confirmó esa decisión en marzo de 2024.
En diciembre de 2025, la Asamblea Nacional venezolana avanzó en la derogación de la legislación interna relacionada con la adhesión al Estatuto de Roma, en medio de acusaciones oficiales contra la Fiscalía y del deterioro de los mecanismos de cooperación.
La derogación de una ley nacional, sin embargo, no bastaba por sí sola para retirar internacionalmente al país del tratado. Para que la salida produzca efectos en el derecho internacional era necesaria la notificación formal prevista por el artículo 127, que Caracas afirma haber presentado este viernes.
La CPI archivó la denuncia venezolana contra las sanciones
Venezuela también había solicitado a la CPI que investigara si las sanciones económicas impuestas por Estados Unidos constituían crímenes de lesa humanidad.
Este expediente fue denominado “Venezuela II” y era diferente de la investigación sobre la represión interna.
El Gobierno venezolano sostuvo que las sanciones habían provocado muertes, desplazamientos, privación de bienes esenciales y otros daños que podían encuadrarse dentro del Estatuto de Roma.
Sin embargo, el 12 de marzo de 2026, la Fiscalía de la CPI anunció el cierre del examen preliminar al concluir que la información disponible no proporcionaba una base razonable para iniciar una investigación por crímenes de lesa humanidad.
La Fiscalía no negó necesariamente las consecuencias económicas o humanitarias de las sanciones, sino que determinó que los hechos denunciados no cumplían los elementos jurídicos exigidos para abrir una causa penal bajo el Estatuto de Roma.
Karim Khan fue destituido
El anuncio de Venezuela coincidió con una grave crisis institucional dentro de la propia Corte.
Este viernes, la Asamblea de los Estados Partes destituyó al fiscal jefe Karim Khan después de una investigación sobre acusaciones de conducta sexual inapropiada y abuso de autoridad formuladas por una funcionaria.
La remoción fue aprobada por 82 de los 125 Estados miembros llamados a participar en la decisión. Khan ha negado las acusaciones y anunció que impugnará el procedimiento seguido en su contra.
La destitución no implica la anulación de las investigaciones iniciadas durante su mandato, pues los expedientes pertenecen institucionalmente a la Fiscalía y sus actuaciones están sometidas al control de los jueces de la Corte.
La investigación sobre Venezuela, por tanto, continuará bajo la dirección interina o definitiva que corresponda a la Oficina del Fiscal.
Un tribunal de última instancia
La Corte Penal Internacional comenzó a funcionar en 2002, después de la entrada en vigor del Estatuto de Roma.
Es el primer tribunal penal internacional permanente con competencia para investigar y juzgar a personas acusadas de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y crimen de agresión.
A diferencia de la Corte Internacional de Justicia, que resuelve controversias entre Estados, la CPI determina responsabilidades penales individuales.
Su jurisdicción es complementaria a la de los tribunales nacionales. Esto significa que no sustituye automáticamente a la justicia de cada país, sino que interviene cuando las autoridades nacionales no pueden o no están dispuestas a realizar investigaciones y procesos genuinos.
La Corte tampoco dispone de una fuerza policial propia y depende de la cooperación de los Estados para detener a los sospechosos, reunir pruebas y ejecutar sus decisiones.
Una salida con efectos políticos, pero límites jurídicos
El retiro anunciado por Venezuela representa una ruptura política profunda con el sistema internacional creado por el Estatuto de Roma.
Sin embargo, sus consecuencias jurídicas son más limitadas de lo que podría sugerir el anuncio oficial.
La salida no será efectiva hasta transcurrido un año desde la recepción de la notificación, no elimina las obligaciones previamente contraídas y no impide que la CPI continúe investigando hechos presuntamente cometidos mientras Venezuela era Estado parte.
La decisión de Caracas puede dificultar todavía más la cooperación con el tribunal, pero no borra el expediente ni priva automáticamente a la Corte de su jurisdicción sobre los hechos ya investigados.
El verdadero alcance de la retirada dependerá ahora de la fecha en que Naciones Unidas registre oficialmente la notificación y de las decisiones que adopten los jueces de la CPI frente a una investigación que lleva casi cinco años abierta.

